El ministerio de Justicia boanerense notificará en los próximos días a los 11.384 ciudadanos sorteados para formar parte de los Juicios por Jurado. De esta forma, enviará por Correo Argentino la documentación en la que los sorteados deberán consignar si cumplen con los requisitos que establece la ley y sus impedimentos. En La Plata serán notificados 884 platenses.

Una vez recibidas las declaraciones, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispondrá del padrón para que sortee a 48 personas, de las cuales quedarán 12 titulares y 6 suplentes. El ciudadano, al ser citado al juicio, recibirá un instructivo que le indicará las reglas del proceso, cómo se evalúan las pruebas y el ámbito de su decisión, que deberá estudiar para llevar adelante la tarea de determinar si el imputado del proceso es culpable o inocente.

Es así como enviarán la declaración a 375 ciudadanos del Departamento Judicial Azul; a 503 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, a 224 en el Departamento Judicial Dolores; a 1.145 en el Departamento Judicial San Martín, a 222 ciudadanos pertenecientes al departamento Judicial de Junín, y a 939 del Departamento Judicial La Matanza. Por el Departamento Judicial Lomas de Zamora notificarán a 1.799; a 614 ciudadanos del Departamento Judicial Mar del Plata, a 472 pertenecientes al Departamento Judicial Mercedes, a 367 al Departamento Judicial Moreno y a 877 de Morón.

Finalmente recibirán la notificación 125 personas de Necochea, 122 en Pergamino, 889 del Departamento Judicial Quilmes, 1.046 que corresponden al Departamento Judicial San Isidro, 257 personas sorteadas del Departamento Judicial San Nicolás, 209 pertenecientes al Departamento Judicial Trenque Lauquen y 315 del Departamento Judicial Zárate-Campana.

Impedimentos. No podrán ser jurados, y deberán consignarlo en la declaración jurada, aquellos ciudadanos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos. Tampoco los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.

La particularidad de los Juicios por jurados es que están integrados por ciudadanos que actuarán sólo para casos de delitos graves, cuya pena sea mayor a 15 años de prisión. Este rango incluye jefe de una asociación ilícita, violación seguida de muerte y homicidio agravado, entre otros delitos.